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sábado, 29 de enero de 2011

Seguros de vida

Los seguros de vida son utilizados como cobertura indemnizatoria para los beneficiarios en el supuesto de fallecimiento de éste o como garantía de pago en algunos casos.

La característica intrínseca de este contrato es indemnizatoria, dado que el asegurador se obliga, mediante el cobro de la prima estipulada y dentro de los límites establecidos en la Ley y en el contrato, a satisfacer al beneficiario un capital, una renta u otras prestaciones, en el caso de muerte o bien de supervivencia del asegurado, o de ambos eventos conjuntamente.
Este tipo de seguros están regulados y contemplados por la Ley 50/1980 de los contratos del seguro, siéndole de aplicación la misma o en su defecto la legislación mercantil vigente.
La legislación vigente en nuestro país obliga al consentimiento expreso en la póliza del asegurado si el tomador del seguro y asegurado no son la misma persona.

Se define un contrato de seguro de vida a los distintos tipos de pólizas que comprenden todos los riesgos que puedan afectar a la existencia, integridad corporal o salud del asegurado.
Los seguros de vida pueden realizarse a título individual o colectivo, siempre y cuando se seleccione un grupo de personas que estén afectados por el mismo riesgo.

Un detalle a tener en cuenta, es que los beneficiarios pueden ser cambiados a posteriori de la formalización de la póliza por el tomador del seguro, llevada a cabo con una notificación fehaciente del tomador al asegurador, o bien por inclusión en testamento de cambio de beneficiarios.

Fiscalidad de las prestaciones en los seguros de vida
Las prestaciones derivadas de un contrato de seguro pueden ser objeto de diferentes impuestos, dependiendo de la contingencia producida y de los elementos personales del mismo.
• Cuando el tomador del seguro no es la misma persona que el beneficiario, la tributación corresponde al Impuesto de Sucesiones y Donaciones.
• Cuando el tomador del seguro sí es la misma persona que el beneficiario, la tributación corresponde al IRPF


En cuanto a la evolución histórica de la contratación de seguros de vida a lo largo de los últimos años (2004-2008), encontramos un aumento progresivo. El primer repunte tuvo lugar en el primer tercio del año 2007,seguido en el 2008 de un aumento continuado.



En el pasado año 2008, la evolución conjunta, seguros de vida individuales y colectivos, crecían hasta un 3%, plasmado en 136.000 millones de euros.




Mi opinión respecto a los seguros de vida, es como bien refleja la siguiente imagen,positiva, puesto que pienso que es una correcta forma de ayudar a tus más allegados, cuando, al parecer, ya no puedes hacerlo.